
La experiencia PERM con el mismo empleador es una de las áreas problemáticas más comunes en los casos de green card patrocinados por el empleador.
En muchos casos de PERM, el empleado patrocinado ya ha trabajado para el empleador patrocinador durante varios años. Por esta razón, los empleadores suelen suponer que la experiencia del empleado con la empresa puede utilizarse para cumplir los requisitos del puesto PERM.
Esto puede generar un problema serio. El PERM no se trata únicamente de si el ciudadano extranjero está calificado hoy. También se trata de si el empleador está evaluando el mercado laboral de Estados Unidos para el puesto ofrecido utilizando requisitos mínimos adecuados. Si el empleado obtuvo la experiencia requerida mientras trabajaba para el mismo empleador, el Departamento de Trabajo (DOL) puede cuestionar si esa experiencia puede contabilizarse.
Este problema suele surgir cuando un empleado comenzó en un puesto de nivel inferior, adquirió experiencia con el tiempo y posteriormente es patrocinado para un puesto PERM en la misma empresa.
- La experiencia obtenida con el mismo empleador generalmente no puede usarse como requisito mínimo del puesto PERM, si el empleado no la tenía al ser contratado.
- El DOL analiza si el empleador exige a candidatos estadounidenses una experiencia que el empleado patrocinado no tenía al inicio, lo que puede invalidar el requisito.
- Solo hay una excepción limitada: experiencia en un puesto no sustancialmente comparable, que debe demostrarse con funciones, tiempos, estructura de reporte y documentación detallada.
Por Qué la Experiencia PERM con el Mismo Empleador Generalmente No Cuenta
Cómo la Experiencia PERM con el Mismo Empleador Genera un Problema
El problema suele comenzar cuando el empleado no tenía la experiencia requerida antes de incorporarse al empleador patrocinador.
Por ejemplo, un empleado puede incorporarse a una empresa con poca o ninguna experiencia relacionada. Después de trabajar para la empresa durante varios años, el empleado adquiere experiencia y se vuelve valioso. La empresa entonces desea patrocinar al empleado para un puesto PERM y establecer dos años de experiencia como requisito mínimo.
Desde el punto de vista del empleador, esto puede parecer justo. El empleado ahora tiene la experiencia y puede desempeñar el trabajo. Pero el PERM analiza una pregunta distinta.
La Pregunta que Realmente Hace el DOL
La cuestión es si el empleador puede exigir a los solicitantes estadounidenses una experiencia que el empleado patrocinado no tenía cuando el empleador lo contrató por primera vez.
Si el empleador contrató al empleado patrocinado sin esa experiencia, el DOL puede cuestionar por qué ese mismo empleador ahora exige esa experiencia a los trabajadores estadounidenses. Esto puede hacer que el requisito parezca no ser el verdadero requisito mínimo del puesto.
Por esa razón, la experiencia obtenida con el mismo empleador debe revisarse antes de finalizar los requisitos del PERM.
Un Escenario Común en el PERM
De Analista Junior a Analista Senior
Este problema es más fácil de entender con un ejemplo específico. Un empleado puede trabajar primero como Asistente de Marketing o Analista de Marketing Junior. Después de varios años, el empleador puede querer patrocinar al empleado para un puesto de Analista de Marketing o Analista de Marketing Senior y exigir dos años de experiencia en marketing.
Si esos dos años de experiencia se obtuvieron únicamente con el empleador patrocinador, el empleador debe actuar con cautela. El DOL puede cuestionar si la experiencia puede contabilizarse, especialmente si el puesto anterior y el puesto PERM son muy similares.
Esto no significa que el empleado no esté calificado. Significa que los requisitos del PERM deben revisarse conforme a las reglas del PERM antes de que comience el reclutamiento.
La Excepción Limitada para un Puesto Diferente
Existe una excepción limitada que puede aplicarse cuando la experiencia se obtuvo en un puesto diferente. La experiencia obtenida con el mismo empleador puede considerarse si el empleado la adquirió en un puesto que no era sustancialmente comparable al puesto PERM. En términos simples, el puesto anterior y el puesto PERM deben ser significativamente diferentes.
Qué Debe Comparar el Empleador
Un título de puesto diferente por sí solo no es suficiente. El empleador debe examinar las funciones reales del puesto, cuánto tiempo dedicaba el empleado a cada función, la estructura de reporte y los registros que respaldan la diferencia entre ambos puestos.
Conforme a las regulaciones del PERM, un puesto sustancialmente comparable generalmente significa un puesto que requiere que el empleado desempeñe las mismas funciones más del 50 % del tiempo.
Por Qué Esta Excepción No Debe Ser una Estrategia Predeterminada
Esta excepción no debe tomarse a la ligera. Incluso si el puesto anterior y el puesto PERM tienen títulos diferentes, el empleador todavía debe revisar si las funciones se superponen demasiado. La experiencia también debe ser relevante para el puesto PERM. Un trabajo diferente no hace que la experiencia sea utilizable de forma automática.
En la práctica, esto no siempre es fácil de demostrar. Por esa razón, los empleadores no deben basarse en esta excepción como estrategia predeterminada. Debe considerarse únicamente después de una revisión cuidadosa de los hechos y los documentos de respaldo.
Qué Significa Esto para los Empleadores
Revise la Experiencia con el Mismo Empleador Antes de Iniciar el Reclutamiento
Puede surgir un problema cuando el empleador desea utilizar la experiencia del empleado con el mismo empleador para cumplir el requisito de experiencia mínima del puesto PERM. Si el empleado no tenía esa experiencia antes de incorporarse a la empresa, el DOL puede cuestionar si el requisito es verdaderamente el requisito mínimo del empleador para el puesto.
Antes de iniciar el reclutamiento del PERM, el empleador debe revisar cuidadosamente las calificaciones previas del empleado, su historial laboral con la empresa, sus funciones anteriores, sus funciones actuales y los requisitos propuestos del PERM.

