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Exenciones – Visas

Información General

Las Leyes de Inmigración de los Estados Unidos reconocen dos tipos de extranjeros que intentan ingresar a los Estados Unidos. Los extranjeros inmigrantes buscan entrar a vivir y trabajar permanentemente en los Estados Unidos, mientras que los no extranjeros no inmigrantes buscan entrar a los Estados Unidos para visitar, trabajar, estudiar o llevar a cabo negocios de manera temporal. Todos los extranjeros, ya sean inmigrantes o no inmigrantes que intenten obtener la aprobación de una visa y/o intenten entrar a los Estados Unidos, tienen la obligación de demostrar que no son inadmisibles al entrar en los Estados Unidos. Un extranjero se considera inadmisible y por lo tanto se le prohíbe entrar en los Estados Unidos si el extranjero cometió un acto que viola la Ley de Inmigración. Puede leerse más información sobre los problemas de inadmisibilidad haciendo clic aquí.

Afortunadamente, la Ley de Inmigración permite a los no inmigrantes solicitar una exención que perdona a muchos motivos de inadmisibilidad que, si se aprueba, permitirá que él no inmigrante solicite una visa para entrar en los Estados Unidos. Este perdón está autorizado bajo la sección 212(d)(3) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad. Sin embargo, tenga en cuenta que, aunque muchos motivos de inadmisibilidad pueden ser renunciados/ perdonados por esta exención, ciertos motivos de inadmisibilidad basados en motivos relacionados con seguridad como el espionaje, el sabotaje, el genocidio y la persecución nazi nunca pueden ser perdonados.

Asuntos de inadmisibilidad que pueden ser perdonados por una exención bajo sección 212(d)(3).

Hay una serie de cosas que pueden hacer que alguien sea inadmisible al tratar de obtener una visa de no inmigrante. (Eg. TN, E-2, L-1, O-1, B-1, B-2, F-1, etc.).  Estos se describen a continuación.

Solicitantes no inmigrantes que son inadmisibles basados en documentación o calificación inadecuadas.

  • No inmigrantes que no sean médicos que buscan la entrada para realizar el trabajo como trabajadores de la salud que no están

Solicitantes no inmigrantes que son inadmisibles basados en motivos médicos.

  • No inmigrantes que tienen una enfermedad transmisible.
  • No inmigrantes con desordenes físicos o mentales con comportamientos nocivos asociados, incluyendo desordenes relacionados con sustancias.
  • No inmigrantes con abuso de drogas o adicción en el pasado.

Solicitantes no inmigrantes que son inadmisibles basados en actividades delictivas, condenas penales y actividades relacionadas.

  • No inmigrantes con violaciones pasadas que involucran delitos de sustancias controladas.
  • No inmigrantes con múltiples condenas penales con sentencias agregadas de 5 años o más.
  • No inmigrantes que un oficial consular tiene razones para creer que es un traficante de sustancias controladas.
  • No inmigrantes con conductas pasadas o intenciones de cometer actos de prostitución y vicio comercializado.
  • No inmigrantes involucrados en actividades delictivas graves que han afirmado inmunidad.
  • No inmigrantes que han cometido o conspirado para cometer delitos contra el trato de personas.
  • No inmigrantes que un oficial consular cree que ha participado, está participando o busca participar en el lavado de dinero.

Solicitantes no inmigrantes que son inadmisibles basados en motivos relacionados con el terrorismo.

  • No inmigrantes que se han dedicado a actividades terroristas.
  • No inmigrantes que se han asociado con organizaciones terroristas.

Solicitantes no inmigrantes que son inadmisibles basados en violaciones de derechos humanos.

  • No inmigrantes que han participado en la Violación Particularmente Severa de la Libertad Religiosa.
  • No inmigrantes que han participado en Tortura.
  • No inmigrantes que han participado en Asesinatos Extrajudiciales.
  • No inmigrantes que han participado en el Uso o Reclutamiento de Niños Soldados.

Solicitantes no inmigrantes que son inadmisibles basados en la entrada ilegal, la tergiversación y otras violaciones de inmigración.

  • No inmigrantes que no asistieron a los procedimientos de deportación.
  • No inmigrantes que han tergiversado un hecho material.
  • No inmigrantes que han hecho una reclamación falsa a la ciudadanía de los Estados Unidos.
  • No inmigrantes que han cometido actos relacionados con el contrabando de extranjeros a los Estados Unidos.
  • No inmigrantes que están sujetos a sanciones civiles basadas en actos relacionados con la falsificación.
  • No inmigrantes considerados de haber cometido un acto o actos abusando de una Visa de Estudiante.

Solicitantes no inmigrantes que son inadmisibles basados en restricciones de ciudadanía.

  • No inmigrantes que partieron o permanecieron fuera de los Estados Unidos para evitar el servicio militar.

Solicitantes no inmigrantes que son inadmisibles basados en la deportación anterior y la presencia ilegal en los Estados Unidos.

  • No inmigrantes que han sido deportados previamente.
  • No inmigrantes que han estado ilegalmente presentes en los Estados Unidos.
  • No inmigrantes que han estado ilegalmente presentes en los Estados Unidos después de una violación de inmigración anterior.

Solicitantes no inmigrantes que son inadmisibles basados en otras actividades.

  • No inmigrantes que han cometido actos relacionados con la Sustracción Internacional de Niños.
  • No inmigrantes que han votado ilegalmente.
  • No inmigrantes que fueron ex ciudadanos que renunciaron a la ciudadanía para evitar impuestos.

Requisitos Y Elegibilidad

La elegibilidad para la exención no requiere tener un pariente calificado, que pase una cierta cantidad de tiempo o que la razón del viaje sea para circunstancias humanitarias o convincentes. Aunque el perdón puede ser aprobada para cualquier propósito legítimo para viajar, el responsable de la decisión de la exención debe tener en cuenta los siguientes factores:

  • La recencia y seriedad de la actividad o condición que causa la inadmisibilidad.
  • Las razones del viaje propuesto a los Estados Unidos, incluida la importancia de la razón para solicitar la entrada
  • El efecto positivo o negativos del viaje planeado a los intereses públicos de los Estados Unidos, incluyendo riesgo de cualquier daño.
  • Si hay un incidente único y aislado o una serie de mala conducta, incluida la gravedad de los actos.
  • Evidencia de reforma o rehabilitación.

Tenga en cuenta que, aunque no se requiere una razón convincente para la aprobación de la exención, cuanto más convincente sea un caso, mejores serán las posibilidades de aprobación.

Proceso de Solicitud

Presentar la Solicitud de Exención en un Consulado de los EE. UU.
La presentación se hace generalmente después de que el oficial consular revisa la solicitud de visa, luego hace una constatación de inadmisibilidad y requiere que el solicitante regrese con la solicitud de exención y documentos de apoyo. Sin embargo, hay muchos consulados que permiten que la solicitud se haga el día de la entrevista. Aunque no hay ningún proceso formal o tarifa de presentación requerida por la ley, los procedimientos de presentación pueden variar de un consulado a otro, por lo que es importante consultar con su consulado local siempre que sea posible con respecto a los procedimientos de presentación exactos con el fin de hacer todo lo posible para evitar retrasos.

Después de que el oficial consular revise la solicitud, el oficial hace una recomendación con respecto a la emisión del perdón que es presentada por el oficial a la Oficina de Revisión de Admisibilidad en Washington D.C., donde la Oficina de Revisión tomará una decisión final sobre la solicitud.

Presentando la solicitud de exención en un puerto de entrada de EE. UU.
Este tipo de presentación se realiza típicamente por extranjeros exentos por solicitar visas, como los ciudadanos canadienses. Este proceso es más formal que requiere la presentación de una solicitud específica, formulario I-192, una tarifa de presentación y documentación en apoyo de la solicitud. Dependiendo de los motivos de inadmisibilidad, se deben cumplir criterios específicos de presentación al presentar la solicitud. Por ejemplo, en los casos en que se necesita una exención porque él no inmigrante es inadmisible debido a una condena penal, el no inmigrante tendrá que proporcionar registros oficiales de la corte, incluyendo el documento de acusación, la orden/sentencia confirmando la disposición de cada delito cometido en cualquier parte del mundo. La solicitud debe incluir una declaración del solicitante en la que se explique las circunstancias de cada detención, condena, sentencia o multa impuesta. Además, la solicitud debe incluir una explicación sobre cómo el solicitante se ha rehabilitado y reformado, incluyendo pruebas que detallan los vínculos con la comunidad local, como el matrimonio, el servicio comunitario y el historial laboral.

¿Cuánto dura el Perdón?

Las exenciones de no inmigrante solo pueden emitirse por un período máximo de 5 años a la vez, pero normalmente se emiten durante períodos de 6 meses a 1 año.

Necesidad de un abogado

Debido a que no siempre está claro si usted tal vez esté sujeto a una constatación de inadmisibilidad, es importante consultar con uno de nuestros abogados de inmigración experimentados para ayudarle a determinar si usted puede ser inadmisible y si será elegible para una exención bajo la sección 212(d)(3).

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