El auxilio de asilo está disponible para las personas que no pueden o no quieren regresar a su país de nacionalidad por temor a ser perjudicadas debido a una persecución pasada o un temor fundado de persecución futura debido a uno o más motivos protegidos, como la raza, religión, nacionalidad, opinión política o membresía a un grupo social particular. La persona debe estar en los EE. UU. o en un puerto de entrada y, mientras esté aquí, debe presentar una petición que indique que teme regresar a su país de origen. El asilo conduce a una tarjeta verde.
La persecución debe estar conectada a una razón protegida
Es importante entender que ser víctima de violencia en un país considerado inseguro debido a condiciones violentas generales, conflictos civiles o guerra probablemente no será suficiente para tener éxito en una solicitud de asilo. En cambio, la persecución sufrida o temida debe ser por motivos de raza, religión, nacionalidad, membresía a un grupo social particular u opinión política. Por lo general, los reclamos donde hay evidencia de violencia sustancial contra una raza, religión, nacionalidad o individuos en particular que han manifestado una cierta opinión política generalmente no son difíciles de probar, ya que el grupo y la razón del comportamiento violento o la persecución suelen ser fáciles de identificar. Sin embargo, esta realidad ha comenzado a cambiar especialmente en las reclamaciones basadas en la persecución de un grupo social particular. Esta categoría requiere esfuerzos más sustanciales para definir claramente el grupo, así como para explicar que la persecución se enfoca específicamente en los miembros del grupo y no contra todos o la mayoría de los ciudadanos de un país.
Actualmente hay decisiones contradictorias entre los tribunales de apelación que abordan la cuestión de probar casos basados en la pertenencia a un grupo social particular. Por ejemplo, durante años, un reclamo basado en un solicitante de asilo que había sufrido violencia doméstica probablemente habría resultado en la aprobación de la solicitud. Estos tipos de reclamos tuvieron una alta tasa de éxito porque se pensaba que la persecución contra un determinado género tenía características determinantes similares a las de un grupo compuesto por miembros de una raza, religión o nacionalidad en particular. Sin embargo, recientemente, el Fiscal General emitió una decisión en la que indicaba que tal reclamo debía ser examinado porque el Fiscal General creía que el grupo basado en el género en realidad no se definía por el género del grupo, sino por la persecución experimentada por las víctimas.
El razonamiento del Fiscal General es erróneo porque, al igual que los reclamos basados en la raza, la religión o la nacionalidad, la mayoría de las reclamaciones basadas en el género se basan en actos violentos que solo pueden perpetrarse contra un determinado grupo o género. Esta decisión existe ahora en contradicción con las reclamaciones basadas en el género basadas en los casos lamentables y atroces de mujeres que sufrieron mutilación genital femenina que se encuentra extendidamente en ciertos países – casos que, antes, generalmente habían sido aprobados. Al igual que las reclamaciones basadas en la raza, la religión o la nacionalidad, las reclamaciones basadas en el género alegan la violencia generalizada e intencional contra un determinado género en lugar de actos incidentales de violencia generalizada en un país que incluye a miembros de cierto género.
Debido a esta decisión del Fiscal General, también se debe tener cuidado en los casos basados en la raza, la religión, la nacionalidad y la opinión política para proporcionar evidencia que defina el grupo, incluida la evidencia de que el grupo existe y que las personas en el grupo comparten características que son inmutables y se reconocen como socialmente distintas en una sociedad relevante. Además, el solicitante debe proporcionar pruebas que demuestren que la persecución se enfoca en la característica compartida dentro de un motivo protegido. Esto ayudará a evitar una decisión que determine que los miembros de un grupo propuesto simplemente han sido barridos en la violencia general no dirigida que ocurre en un país en particular, o que un grupo en particular no existe realmente o no es visto dentro de la sociedad como distinto de la población general. Ejemplos de evidencia que ayuda a enfocarse en demostrar la persecución enfocada en un grupo reclamado pueden incluir:
- En las reclamaciones basadas en el género, evidencia de normas sociales que impiden que los miembros del grupo con el mismo género corten los lazos legales o sociales con un cónyuge o pareja.
- Evidencia de la falta de voluntad de las instituciones gubernamentales o las familias para proteger a los miembros de un grupo en particular a través de la policía o el sistema judicial.
- Evidencia de la falta de voluntad del gobierno para proporcionar asistencia, incluso a través de la reubicación, de miembros de un grupo en particular.
- Evidencia de violencia generalizada y tolerada contra ciertos grupos.
Este tipo de evidencia potencialmente sirve para demostrar que un grupo comparte características inmutables que son reconocidas dentro de la sociedad en la que vive el grupo y cuyas características compartidas forman la base de la persecución.
En contraste, las reclamaciones generalmente sin éxito incluyen aquellas basadas en altas tasas de violencia en el país de un solicitante donde hay poca o ninguna evidencia que defina adecuadamente un grupo o que demuestre que la violencia se enfoca en un grupo en particular. Ejemplos de tales casos incluyen aquellos en los que un solicitante ha sufrido persecución por parte de organizaciones criminales como cárteles de droga o pandillas donde parece que la violencia se basa en la venganza, la extorsión o la violencia generalizada causada por la organización criminal mientras lleva a cabo sus actividades delictivas. Como resultado, recuerde siempre que ningún caso de asilo es una victoria automática y que el caso de asilo con la mejor oportunidad de éxito proporciona evidencia que define a un grupo, sus características y distinción, que la violencia o persecución se basa en las características compartidas del grupo.