Elegibilidad
Este proceso es específico para personas nacidas en el extranjero que han obtenido su Tarjeta Verde y son descritos legalmente como Residentes Permanentes Legales de los Estados Unidos. Todos los Residentes Permanentes Legales deben cumplir ciertos requisitos de elegibilidad con el fin de calificar para convertirse en Ciudadanos de los Estados Unidos, incluyendo esperar un cierto período de tiempo viviendo dentro de los Estados Unidos antes de ser elegible para la Ciudadanía. Estos periodos de tiempo son conocidos como el Requisito de Residencia Continua y el Requisito de Presencia Física que son determinados por la base legal que creó la elegibilidad para la Ciudadanía y en muchos casos la naturaleza de la relación con el familiar Ciudadano solicitante.
Si el estatus de Residente Permanente Legal se obtuvo a través de una petición presentada por un empleador o a través de una petición basada en la familia presentada por un Cónyuge Residente Permanente Legal; Padre Ciudadano de los Estados Unidos; Padre Residente Permanente Legal o hijo o Hija Ciudadano de los Estados Unidos, el Residente Permanente Legal debe residir en los Estados Unidos como Residente Permanente Legal por un período de 5 años antes de ser elegible para la Ciudadanía. Si el estatus de Residente Permanente Legal se obtuvo de una petición presentada por un Cónyuge Ciudadano de los Estados Unidos, entonces el requisito de residencia dentro de los Estados Unidos como Residente Permanente Legal se reduce a 3 años.
Ya sea que la solicitud se base en el requisito de residencia de 5 o 3 años, el Residente Permanente Legal también debe probar que ha sido una persona de buen carácter moral durante el período requerido de 5 o 3 años antes de solicitar la Ciudadanía.
Residencia continua
Los Residentes Permanentes Legales que soliciten la residencia sobre la base del requisito de residencia de 5 o 3 años deben demostrar que el Residente Permanente Legal mantuvo un domicilio o lugar de residencia real principal dentro de los Estados Unidos durante el Período de Residencia Continua de 5 o 3 años. Las ausencias prolongadas fuera de Estados Unidos durante más de seis meses, pero menos de un año crean una presunción refutable de que la ausencia puede haber interrumpido el Periodo de Residencia Continuada. Esto significa que un Residente que haya viajado fuera de Estados Unidos durante un periodo de 6 meses o más pero inferior a un año dentro del periodo de 5 ó 3 años puede intentar demostrar que la presencia continua no se ha interrumpido. Entre los ejemplos de pruebas que ayudan a demostrar que la residencia continua no se interrumpió se incluyen:
- Pruebas de que no se puso fin al empleo del Residente en Estados Unidos o de que el Residente no obtuvo empleo mientras estaba en el extranjero.
- Pruebas de que los familiares directos del residente permanecieron en Estados Unidos.
- Pruebas de que el residente siguió siendo propietario o arrendatario de una vivienda en Estados Unidos.
Si un Residente no puede demostrar que la residencia continua no se interrumpió, deberá establecer un nuevo período de residencia continua.
Si un Residente estuvo ausente de Estados Unidos durante un período de 1 año o más, dicha ausencia interrumpirá automáticamente el período de residencia continua. El Residente tendrá que residir en los Estados Unidos por un nuevo periodo continuo a menos que la ausencia del Residente haya sido resultado de un empleo en el extranjero por un tipo específico de empleador incluyendo el gobierno de los Estados Unidos y el Residente haya presentado el formulario N-470 para intentar preservar la Residencia para la Naturalización antes de acumular un periodo continuo de 1 año en el extranjero. Los empleadores en el extranjero que eximirán al Residente del requisito de residencia continua si el formulario N-470 se presenta correctamente incluyen:
- El Gobierno de los Estados Unidos, incluidas las Fuerzas Armadas.
- Contratistas del Gobierno de los Estados Unidos.
- Instituciones de investigación estadounidenses reconocidas.
- Organizaciones internacionales públicas.
- Organizaciones designadas en virtud de la Ley de Inmunidades Internacionales.
Si el Residente ha estado ausente de los Estados Unidos durante más de 1 año y no reúne los requisitos para la exención y presenta la solicitud basándose en el requisito de 5 años de residencia continuada, el Residente tendrá que esperar en los Estados Unidos durante un nuevo período de al menos 4 años y 1 día y además poder superar la presunción de interrupción de la residencia continuada para poder optar de nuevo a la Naturalización. Si no se puede superar la presunción de interrupción continua de la residencia, el Residente deberá esperar un período total de 4 años y 6 meses para poder optar de nuevo a la Naturalización.
Si el Residente está solicitando en base al requisito de 3 años de residencia continua y estuvo ausente de los Estados Unidos por más de 1 año, el Residente tendrá que esperar en los Estados Unidos un nuevo período de al menos 2 años y 1 día y superar la presunción de ruptura de residencia continua o esperar un total de 2 años y 6 meses para calificar nuevamente para la Naturalización.
Presencia física
Además, los Residentes Permanentes Legales que soliciten la Naturalización basándose en el requisito de residencia continua de 5 años deben demostrar que estuvieron físicamente presentes en los Estados Unidos durante un período de 30 meses dentro del período de 5 años antes de solicitar la Naturalización.
Los Residentes Permanentes Legales que soliciten la Naturalización en base al requisito de 3 años de residencia continua deben probar que estuvieron físicamente presentes en los Estados Unidos por un período de 18 meses dentro del período de 3 años antes de solicitar la Naturalización.
Recuerde que todos los Residentes Permanentes Legales también deben probar que han residido durante un período de 3 meses inmediatamente anteriores a la presentación de la solicitud en el distrito o estado del USCIS donde reside el solicitante.
Disposiciones especiales
Un hijo que haya obtenido el estatus de Residente Permanente Legal por ser víctima de un Ciudadano de los Estados Unidos abusivo o el hijo de una víctima abusada por un Cónyuge Ciudadano de los Estados Unidos podrá solicitar la Ciudadanía cumpliendo el requisito de 3 años de residencia.
Los cónyuges supervivientes, hijos y padres de Miembros del Servicio Militar Ciudadanos de los Estados Unidos fallecidos no necesitan cumplir los requisitos de presencia física de 3 ó 5 años.
Los cónyuges de Miembros Ciudadanos del Servicio Militar bajo condiciones específicas pueden contar su tiempo de residencia en el extranjero con su Cónyuge Militar para el requisito de presencia física o se les puede permitir naturalizarse desde el extranjero sin tener que cumplir con los requisitos de presencia física.
Factores descalificadores
Hay una serie de factores que pueden hacer descarrilar el proceso de obtención de la nacionalidad. Puede obtener más información al respecto haciendo clic aquí.