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¿Está Pensando en Aplicar para la Residencia Permanente? Aprenda Sobre los Nuevos Procedimientos Para Determinar la Disponibilidad de Visas y Cómo lo Afecta a Usted

By January 19, 2016March 29th, 2021Español, Immigration
Wills & Estate Planning

¿Está tratando de ajustar su estatus para convertirse en un residente permanente (tarjeta verde) como resultado de una petición familiar o de empleo? ¡El Boletín de Visas y los procedimientos para determinar la disponibilidad de visas ha cambiado! ¿Cómo le afecta esto a usted?

El 9 de septiembre de 2015, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) anunció nuevos procedimientos para determinar la disponibilidad de visas para las personas que están esperando para tramitar un ajuste de estatus bajo una petición familiar o de empleo. Estos nuevos procedimientos buscan optimizar ciertos aspectos del sistema de inmigración, haciéndolo más eficiente y efectivo, reduciendo los obstáculos que enfrentan los solicitantes.

Ajuste de Estatus

El ajuste de estatus es el proceso mediante cual un individuo elegible que ya se encuentra en los Estados Unidos puede obtener estatus de residente permanente (tarjeta verde) sin tener que volver a su país natal para completar el procesamiento de la visa. Solo los individuos que fueron inspeccionados y admitidos o quienes entraron bajo “libertad condicional” a los Estados Unidos son elegibles para el ajuste de estatus. Todo el resto de los solicitantes deben obtener una visa en el exterior para poder obtener una tarjeta verde.


Haga click aquí para más información sobre la elegibilidad para el ajuste de estatus.


Individuos pueden obtener sus tarjetas verdes por diferentes medios, por ejemplo mediante una petición familiar o de empleo aprobada, o mediante programas humanitarios, como asilo o refugio. Una vez que la petición es aprobada, solo se puede ajustar el estatus si hay una visa disponible. Los familiares inmediatos de ciudadanos de los E.E.U.U., que incluye a cónyuges, hijos/as solteros menores de 21 años, y padres, están exentos de esta restricción. Debido a que el numero de visas disponible para familiares inmediatos es ilimitada, estos son elegibles para el “procesamiento concurrente”, que les permite tramitar el ajuste de estatus junto con la petición familiar. Para el resto, los números de visas son limitados y sujetos a restricciones dependiendo de la categoría y país al que pertenezcan.

Cambios muy necesarios

Por ley, la cantidad de visas de inmigrantes para los patrocinados por familiares (familiares no-inmediatos) y por empleo tienen un limite anual, por ende, no están siempre disponibles. El Departamento de Estado (DOS) de los Estados Unidos, asigna un limite anual de 226,000 visas para las visas patrocinadas por familiares y 140,000 para visas por empleo.

El DOS publica un reporte mensual con la disponibilidad de las visas llamado Boletín de Visas. Este sirve como guía para emitir visas en los consulados de los E.E.U.U. y las embajadas, como para determinar la disponibilidad de las visas para los solicitantes de ajuste de estatus.

El problema es que la mayoría de los solicitantes son sometidos a limites otorgados acorde a la categoría y al país al que perteneces lo que resulta en tiempos de espera extremadamente largos y arduos para individuos que ya tienen visas familiares aprobadas, que es lo opuesto al objetivo del sistema de inmigración basado en peticiones familiares: promover la reunificación familiar y otorgarle a inmigrantes la ayuda que necesitan para construir vidas sustentables en los Estados Unidos.

De forma similar, trabajadores no-inmigrantes temporarios con visas de inmigrantes por medio de empleo aprobadas, esperarán años a que números de visa sean disponibles, mayormente debido a los limites legislativos que no han cambiado desde los 90’ – restricciones que ya no reflejan las necesidades de los negocios ni de la economía de los E.E.U.U. Mientras esperan por estas visas, muchos de los trabajadores no-inmigrantes no pueden cambiar de trabajo ni ser promovidos, lo que daña la progresión natural de sus respectivas carreras y la habilidad de hacer planes de vida a largo plazo. Esto impacta negativamente a la estabilidad económica del trabajador y la seguridad de su familia. A mayor medida, el viejo sistema impacto negativamente a comunidades locales y al país en general y causo el estancamiento del crecimiento económico de ambos.

Como respuesta a estas preocupaciones, el 9 de septiembre de 2015, USCIS y DOS anunciaron nuevos procedimientos que esperan que impactara positivamente a individuos con peticiones aprobadas mediante familiares o empleo. Estos cambios se basan en la orden ejecutiva del Presidente Obama en noviembre de 2014, como son detalladas en el reporte de la Casa Blanca, “Modernizando y Mejorando Nuestro Sistema Legal de Inmigración para el siglo 21” (Modernizing and Streamlining Our Legal Immigration System for the 21st century), publicado en julio de 2015.

Los cambios incluyen, entre otras cosas:

  • Un Boletín de Visas actualizado indicando las Fechas de Acción Finales de las Aplicaciones (fechas cuando las visas se pueden emitir) y Fechas para Tramitar Aplicaciones (fechas mas recientes en las cuales el solicitante puede aplicar), lo que otorga una necesaria predictibilidad a los trabajadores no-inmigrantes en busca de residencia permanente. Esto también se supone que va a incrementar la eficacia de la emisión de visas para individuos y sus familiares que ya están en el camino a transformarse en residentes permanentes.
  • Procedimientos mejorados para una asignación mensual de visas asegurando que el número máximo de visas disponibles es emitido cada año, y también minimizando el potencial de retrogresión de visas (retrasando las fechas de prioridad). El DOS incrementará la asignación mensual total de visas durante los primeros 3 cuartos del año fiscal al punto que la ley lo permita, asegurando así la emisión del número máximo de visas de inmigrantes que desea el Congreso, y maximizando las fluctuaciones de las Fechas Finales de Acción del Boletín de visas mes a mes.

Para una lista completa de los cambios contemplados por el Departamento de Seguridad Nacional haga click aquí.

Vea nuestro sitio de Boletín de Visas aquí y aprenda a leer los nuevos gráficos publicados por el DOS.


 

Impacto en los solicitantes de visas

El Boletín de Visas ahora tiene dos gráficos: (A) Fechas de Acción Finales de las Aplicaciones (fechas cuando las visas se pueden emitir) y (B) Fechas para Tramitar Aplicaciones (fechas mas recientes en las cuales el solicitante puede aplicar). Haga click aquí para ver los gráficos del Boletín de Visas de octubre de 2015.

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