Skip to main content

¿Qué es una denegación de visa 214(b) y cómo puedo superarla? ¿Qué es la intención de inmigrar?

A group of J-1 students

Usted estaba en un programa de visa J-1 trabajando en Estados Unidos como becario o aprendiz y hacia el final de la expiración de su visa J-1, decide intentar prorrogar su visa J-1 en un consulado en el extranjero. Durante la entrevista, el funcionario consular te pregunta: “¿Cuáles son tus planes tras la finalización de tu programa J-1?”. En respuesta, usted contesta honestamente, afirmando que su empleador patrocinador de la visa J-1 está considerando la posibilidad de empleo después de la finalización de su programa J-1 y que usted puede estar buscando solicitar un visa de trabajo, como un O-1 y entonces usted planea obtener una tarjeta verde Para su sorpresa, el oficial consular niega su extensión de visa J-1, y emite un aviso con lo siguiente:

“Su solicitud de visa ha sido denegada. Usted no reúne los requisitos según la Sección 214(b) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad”.

En este artículo, hablaremos de lo que esto significa y de cómo superar la denegación cuando vuelva a solicitar una visa de no inmigrante posterior.

Sección 214(b)

La Sección 214(b) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad de Estados Unidos establece que: “Se presumirá que todo extranjero es inmigrante hasta que demuestre a satisfacción del funcionario consular, en el momento de solicitar la visa, que tiene derecho a la condición de no inmigrante”. A excepción de determinadas categorías de visas, como los visas H, R y L, la mayoría de los demás solicitantes de visa deben poder convencer al funcionario consular de lo siguiente

  1. que tiene intención de regresar a su país de origen tras una estancia temporal en los Estados Unidos;
  2. que su situación financiera es tal que puede costearse el viaje sin tener que buscar un empleo no autorizado en Estados Unidos; y
  3. que el viaje tiene fines legítimos permitidos por la categoría de visa que solicita.

La presunción anterior de intención de inmigrar puede superarse demostrando que sus circunstancias generales, incluidos los vínculos sociales, familiares, económicos y de otro tipo con su país de origen, le obligarán a salir de Estados Unidos al final de una estancia temporal. Dichos vínculos suelen demostrarse explicando al funcionario consular las razones que le obligarán a regresar a su país de origen debido a diversos lazos, como la familia, el empleo y otras conexiones que le unen a su país de origen. En última instancia, no existe un único factor que establezca tales vínculos, y queda a discreción del funcionario consular determinar si usted ha superado la presunción de intención de inmigrar.

¿Es permanente una denegación en virtud del artículo 214(b)?

La respuesta corta es No. El funcionario consular reconsiderará un caso si un solicitante puede mostrar más pruebas convincentes de vínculos fuera de los Estados Unidos o hay un cambio en las circunstancias (Por ejemplo, usted consigue un trabajo en su país de origen, compra una casa, etc.) Desafortunadamente, algunos solicitantes no calificarán para una visa de no inmigrante sin importar cuántas veces lo soliciten, hasta que puedan demostrar un cambio en las circunstancias o información que no fue presentada en la solicitud original.  También debe transcurrir cierto tiempo entre una solicitud y otra (por ejemplo, 6 meses).

Una vez que un funcionario consular ha determinado que un solicitante no reúne los requisitos para obtener una visa, el solicitante no debe volver a solicitarlo a menos que se produzcan cambios significativos en las circunstancias del solicitante o se pueda aportar información que no estaba disponible o no se presentó en la primera entrevista.  Para obtener una visa, el solicitante que desee volver a solicitarlo deberá concertar una nueva cita. Para la entrevista consular, es importante preparar información y pruebas adicionales o demostrar un cambio en las circunstancias, ya que simplemente proporcionar el mismo conjunto de circunstancias e información por segunda vez después de una denegación anterior muy probablemente conducirá a otra denegación posterior.

Preparación de la entrevista

Por lo general, no se trata simplemente de preparar documentos adicionales, sino de ser capaz de responder verbalmente a las preguntas formuladas por el funcionario consular de forma clara y concisa. Los funcionarios consulares han indicado regularmente que a menudo la aprobación o denegación se basa en la entrevista y en la capacidad de responder a las preguntas.  Por ello, es importante prepararse bien y repasar los tipos comunes de preguntas que pueden hacerse durante la entrevista. Lo que usted piensa que está bien decir puede muy bien ser interpretado de una manera que lleve a una presunción de intención de inmigrar. Como en el ejemplo anterior, puede ser cierto que usted esté contemplando la posibilidad de un futuro empleo o de una tarjeta verde con su actual empleador patrocinador J-1. Afirmarlo así, aunque sea cierto, puede dar lugar a una presunción de intención de inmigrar. Declararlo así, aunque sea cierto y especialmente cuando no ha hecho ningún plan concreto, sin más explicaciones, puede ser potencialmente malinterpretado y llevar a la denegación de su solicitud de visa.

Consejos finales

Recuerde también ser educado, no discutir sean cuales sean las circunstancias y no hacer preguntas innecesarias. Comunícate con claridad y si no entiendes una pregunta, no dudes en pedir educadamente al agente que repita o explique la pregunta para que puedas responder adecuadamente a lo que te están preguntando.

FREE Visa Resources

Click on the buttons below in order to claim your free Visa Guide (E-1, E-2, TN, EB-5, H-1B, L-1, PERM, NIW, EB-1, O-1, E-3), sign up for our free Webinar, join our Facebook Group, or watch our videos.

Download FREE Visa Guide
Sign Up For Our Webinar
Join Our Facebook Group
Watch Our Videos

Set up a Visa or Green Card Consultation

For a dedicated one-on-one consultation with one of our lawyers, click on the button below to schedule your consultation.

Schedule a consultation

This website and blog constitutes attorney advertising. Do not consider anything in this website or blog legal advice and nothing in this website constitutes an attorney-client relationship being formed. Set up a one-hour consultation with us before acting on anything you read here. Past results are no guarantee of future results and prior results do not imply or predict future results. Each case is different and must be judged on its own merits.

Leave a Reply

FREE WEBINARS