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¿Cuál categorías de visa de no inmigrante le permitiera a mi cónyuge trabajar en los Estados Unidos? ¿Cómo y cuándo puede mi cónyuge solicitar la autorización de trabajo? ¿Puede mi cónyuge trabajar para cualquier empleador? ¿Puede mi cónyuge iniciar un negocio?

Two people going over their immigration options with an attorney

Si usted actualmente se encuentra en los Estados Unidos con una visa de no inmigrante, su cónyuge puede trabajar en los Estados Unidos. Esta publicación va a analizar y explicar, cómo y cuándo su cónyuge puede solicitar una autorización de trabajo.

Los cónyuges de los siguientes titulares de visa pueden trabajar en los Estados Unidos:

Cónyuges del titular E-1 o E-2

Si usted es titular de una visa E-1 o E-2, su cónyuge puede solicitar una autorización para trabajar en los Estados Unido y no es necesario de tener la misma nacionalidad que usted.

Cónyuges del titular de la visa E-3

Si usted actualmente se encuentra en los Estados Unidos con una visa de especialidad profesional australiana E-3, su cónyuge puede solicitar una autorización de trabajo. Aunque las visas E-3 solo están disponibles para ciudadanos australianos, su cónyuge no tiene que ser ciudadano australiano para solicitar la autorización de trabajo.

Cónyuge del titular de la visa L-1

Si usted es titular de una visa L-1A o L-1B, su cónyuge puede solicitar la autorización de trabajo.

Cónyuges del titular de la visa J-1

Si usted es titular de una visa J-1, su cónyuge puede solicitar una autorización de trabajo en los Estados Unidos. Pero, si usted está en los Estados Unidos con una visa J-1 como a un consejero de campamento, estudiante de escuela secundaria o trabajador de verano por cual viajo, su cónyuge no fuera elegible para solicitar una autorización de trabajo.

Además, el empleo de su cónyuge no se puede utilizar para mantenerlo como titular principal de la visa J-1.

Cónyuge del titular de la visa H-1B

Generalmente, los cónyuges de los trabajadores H-1B no pueden solicitar una autorización de trabajo, pero hay 2 excepciones. Si actualmente se encuentra en los Estados Unidos con la visa H-1B, su cónyuge puede ser elegible para solicitar una autorización de trabajo en los siguientes 2 escenarios:

  • Actualmente se encuentra en los Estados Unidos con estatus H-1B y es el beneficiario de una petición I-140 aprobada, o
  • Se le ha otorgado el estatus H-1B bajo la sección 106(a) y (b) de la Ley de Competitividad Estadounidense en el Siglo XXI de 2000. Esta es una situación para cuando uno se encuentra en los Estados Unidos actualmente con el estatus H-1B y su Solicitud de Condición Laboral o Petición I-140 ha estado pendiente durante al menos 365 días antes de alcanzar el sexto año de estatus H-1b y obtuvo el estatus después del sexto año.

Esta regla entró en vigor el 26 de mayo de 2015 y el propósito principal de esta regla fue disminuir la carga económica de los trabajadores H-1B y sus familias durante la transición del estatus de no inmigrante a la tarjeta verde.

El Departamento de Seguridad Nacional recientemente ha presentado una propuesta para rescindir la autorización de trabajo del conyugal, H-4 y el cambio está siendo revisada actualmente por la Oficina de Administración y Presupuesto.

Mi cónyuge se encuentra actualmente fuera de los Estados Unidos y aún no tiene el sello de visa. ¿Puede mi cónyuge solicitar una autorización de trabajo desde el extranjero?

Si su cónyuge se encuentra actualmente fuera de los Estados Unidos y quiere venir a los Estados Unidos con una visa de dependiente, primero deberá solicitar la visa correspondiente (visa E-1/E-2, E-3D, visa L-2, Visa J-2 o H-4) en el Consulado de los Estados Unidos en el extranjero. Una vez que se apruebe la visa y después de que su cónyuge ingrese a los Estados Unidos con esta visa, podrá presentar la solicitud de autorización de trabajo. Su cónyuge no puede solicitar una autorización de trabajo desde el extranjero, pero el cónyuge no tiene que permanecer en los Estados Unidos mientras se adjudica la solicitud de trabajo.

¿Cuáles son los pasos para solicitar una autorización de trabajo para mi cónyuge?

Su cónyuge tendrá que presentar y enviar el Formulario I-765 (Solicitud de Autorización de Empleo) al USCIS junto con los documentos de comprobantes. Actualmente, USCIS tarda entre 4 a 6 meses en emitir una decisión sobre esta solicitud. Su cónyuge no puede trabajar en los Estados Unidos hasta que se apruebe la solicitud de autorización de trabajo y reciba la tarjeta de autorización de trabajo.

¿Puede mi cónyuge trabajar para cualquier empleador? ¿Puede mi cónyuge iniciar un negocio?

Si y sí. Una vez que su cónyuge reciba su tarjeta de autorización de trabajo, podrá trabajar para cualquier empleador (a tiempo completo o parcial) y también podrá iniciar un negocio. También, el cónyuge no está obligado a trabajar si tiene un permiso de trabajo.

Los cónyuges de los siguientes titulares de visas de no inmigrante no pueden trabajar en los Estados Unidos:

Cónyuges del titular de la visa TN

Los cónyuges de los titulares de una visa TN pueden solicitar una visa TD y acompañarlo en los Estados Unidos, pero no se les permite trabajar mientras están en los Estados Unidos. Sin embargo, su cónyuge puede estudiar con una visa TD a tiempo completo. Tenga en cuenta que su cónyuge no tiene que ser ciudadano canadiense/mexicano para solicitar la visa TD.

Cónyuges de titulares de visas O-1 y O-2

Si usted es titular de una visa O-1 u O-2, su cónyuge puede solicitar la visa O-3 y acompañarlo a los Estados Unidos, pero no se les permite trabajar en los Estados Unidos. Como la visa TN, los conyugues si pueden estudiar tiempo completo.

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