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¿Qué es PIMS? ¿Qué sucede si la aprobación de mi visa no está en PIMS?

A man running through some gears in a suit

Servicio de Información de Peticiones, también reconocido como el PIMS, es un sistema electrónico que proporciona a las oficinas consulares de los EE. UU. una notificación de las aprobaciones de peticiones de visas de no inmigrantes. Es la única forma de demonstrar las aprobaciones de peticiones de visas en las clasificaciones de visa de no inmigrante H, L, O, P y Q. A un solicitante de visa no se le puede emitir una visa hasta que la oficina consular pueda verificar la aprobación de la petición en PIMS. Todas las visas de no-inmigrantes se procesen a través del Centro Consular de Kentucky (KCC).

Antes de la emisión de una visa de no inmigrante H, L, O, P o Q, un oficial del consulado debe verificar que la aprobación de una petición sea legítima a través de la Base de datos consolidada consular (CCD) en PIMS. El Departamento de Estado de EE. UU. define el CCD como un “almacén de datos que contiene datos actuales y archivados de la Oficina de Asuntos Consulares”. Un solicitante puede tener un aviso de aprobación del Formulario I-797 original, pero, sin embargo, no se emitirá una visa sin la verificación de USCIS. El informe PIMS permite a los funcionarios consulares acceder y verificar rápida y fácilmente la aprobación de la petición del USCIS a través del CCD. Este sistema se ha configurado para que el Departamento de Estado pueda realizar la verificación de aprobación de USCIS para poder emitir una visa.

Para que el KCC ingrese la información en el PIMS, el peticionario debe incluir un duplicado de la petición original que contenga las firmas originales junto con todos los documentos adicionales en el momento original de la presentación. Se debe seguir el mismo procedimiento para cualquier respuesta a la Solicitud de Pruebas Adicionales (RFE). Es útil separar la petición original y el original duplicado con un documento distinto que indique que la copia duplicada debe enviarse al Centro Consular de Kentucky. Esto permitiría a USCIS enviar una copia de la aprobación de la petición al KCC, donde procesa los documentos para los consulados en el extranjero. Las peticiones se envían por correo postal y, por lo general, tardan de 7 a 10 días en llegar al KCC. El KCC escanea el duplicado en PIMS. Las Embajadas o Consulados de los Estados Unidos acceden a la petición a través de PIMS. Una vez que la información está en PIMS, está disponible electrónicamente para todos los consulados y embajadas.

Retrasos en la emisión de visas

En la actualidad, todas las oficinas consulares deben confirmar la aprobación de la petición, preferiblemente en PIMS, antes de emitir una visa de no inmigrante. A los solicitantes ya no se les permite demostrar la aprobación de la petición únicamente presentando un aviso de aprobación I-797 original.

Si en el momento de la entrevista para la visa del consulado no se encuentra la aprobación de la petición a través del CCD, el KCC investigará y verificará la aprobación de la petición, si se solicita. Si no es así, el consulado se comunicará con KCC para solicitar la carga de la información y esto puede demorar de 3 a 5 días para que aparezca la información en el sistema.

Los solicitantes pueden ser proactivos y antes de llegar al consulado, pueden llamar con anticipación para preguntar si la información del caso se encuentra en PIMS. Además, todos los solicitantes de visa deben estar preparados para posibles demoras en el procesamiento de la visa y deben planificar sus viajes al extranjero con flexibilidad en caso de que ocurra una demora. Es aconsejable que los solicitantes aún lleven el aviso de aprobación original (aviso de aprobación I-797) y una copia completa de la presentación de la petición, así como cualquier RFE y respuestas asociadas a la entrevista de visa.

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