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En el año dos veintiunos, ¿puede el gobierno seguir revisando mi teléfono en la frontera?

a man holding a cell phone in the airport

Muchas personas preguntan si es legal revisar sus teléfonos celulares, computadoras portátiles y otros dispositivos electrónicos con los que están viajando.

Recientemente en febrero del 2021, el Tribunal de Apelaciones del Primer Circuito asumió la cuestión y, en esencia, aprobó las políticas que siguen los oficiales de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) de los Estados Unidos y el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) de los Estados Unido. En esta publicación, analizamos este caso, Alasaad v. Mayorkas, y lo que significa para la política y la práctica del gobierno de revisar dispositivos electrónicos de quienes ingresan a los Estados Unidos.

Los antecedentes y la importancia de Alasaad v. Mayorkas

El 9 de febrero de 2021, en el caso de Alasaad v. Mayorkas, la Corte de Apelaciones del Primer Circuito consideró si era una violación de la Constitución de los Estados Unidos que los funcionarios gubernamentales que trabajaban en el CBP o ICE registraran los teléfonos celulares y otros dispositivos móviles de los ciudadanos de los Estados Unidos y residentes permanentes legales en la frontera.

En el tribunal, esta fue la primera vez que un tribunal de apelaciones consideró la constitucionalidad de los procedimientos de registro fronterizo en el contexto civil (a diferencia del contexto penal).

¿Cuáles son los hechos que dieron origen al caso?

El 13 de septiembre de 2017, los demandantes, diez ciudadanos de los Estados Unidos y un residente permanente legal, demandaron al gobierno de los Estados Unidos después de que los agentes de CBP o ICE registraron sus dispositivos electrónicos. Los demandantes afirmaron que los oficiales de CBP y ICE violaron sus derechos constitucionales al registrar los dispositivos electrónicos sin una orden de registro y al retener los dispositivos electrónicos durante un período de tiempo sin causa probable.

Con estos hechos, se dio lugar a la pregunta que el tribunal se dispuso a contestar: ¿si los agentes de CBP e ICE violaron los derechos constitucionales de los ciudadanos de los Estados Unidos y los residentes permanentes legales cuando siguieron la política de CBP e ICE y revisaron sus dispositivos electrónicos sin una orden de registro o causa probable?

¿Qué es causa probable y cuáles son los derechos constitucionales que los demandantes alegaron que el gobierno violó?

Los demandantes afirmaron que el gobierno, al revisar sus dispositivos electrónicos, violó la Cuarta Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos.

La Cuarta Enmienda prohíbe “registros e incautaciones irrazonables” y generalmente requiere que el gobierno tenga una orden judicial basada en causa probable antes de realizar un reviso. La causa probable generalmente requiere hechos que demuestren una creencia razonable de que una persona probablemente ha cometido una infracción penal. Para realizar un reviso sin una orden judicial, el reviso debe estar dentro de una de varias excepciones. Una de estas excepciones, que el Primer Circuito consideró y se discutirá a continuación, es la “excepción de búsqueda en la frontera”.

¿Cuál es la política que siguieron los oficiales de CBP e ICE cuando registraron los dispositivos electrónicos y que los demandantes afirmaron que violaba la Constitución?

La política del gobierno que estaban siguiendo los oficiales cuando revisaron los dispositivos de los demandantes es amplia pero no sin limitaciones. Las políticas de CBP e ICE son muy similares, por lo que nos referiremos a la política de CBP en esta publicación.

¿Cómo define la política del gobierno “dispositivo electrónico”?

La política define “dispositivos electrónicos” de manera amplia para incluir no solo computadoras portátiles y teléfonos celulares, sino también “cualquier dispositivo que pueda contener información en forma electrónica o digital”. La cantidad de información que se puede almacenar en uno de estos dispositivos, incluida la información financiera, la información biométrica, la información de contacto y más, podría ser mucho más de lo que una persona podría encontrar al registrar físicamente la casa de alguien.

¿Cómo define la política del gobierno qué es una “búsqueda” y cómo puede llevarse a cabo?

La política describe dos tipos de búsquedas: “básicas” y “avanzadas”.

Una búsqueda avanzada es “cualquier búsqueda en la que un oficial conecta un equipo externo, a través de una conexión por cable o conexión inalámbrica, a un dispositivo electrónico no solo para obtener acceso al dispositivo, sino también para revisar, copiar y/o analizar su contenido”. Una búsqueda avanzada requiere la aprobación de un supervisor y, lo que es más importante, “sospecha razonable de actividad que viole las leyes aplicadas o administradas por CBP, o en las que exista un problema de seguridad nacional”.

Una búsqueda básica, por el contrario, es simplemente cualquier búsqueda que no sea “avanzada”. Los oficiales pueden realizar una búsqueda básica “con o sin sospecha”.

¿La política del gobierno impone algún límite a la información a la que se puede acceder en un dispositivo electrónico?

Sí, la política del gobierno establece que los dispositivos electrónicos “deben desconectarse de Internet antes de realizar una búsqueda” y que los oficiales solo pueden buscar información almacenada en el teléfono (y no, por ejemplo, solo disponible en la nube). Esto se aplica tanto a las búsquedas básicas como a las avanzadas.

Además, la política deja en claro que, para realizar una búsqueda avanzada, es decir, una búsqueda en la que se utiliza un dispositivo externo para buscar un teléfono celular, una computadora portátil u otro dispositivo electrónico, se requiere una sospecha razonable y la aprobación del supervisor.

¿El gobierno permite que los agentes se queden con mi dispositivo?

¡Sí!, a los funcionarios del gobierno se les permite “detener dispositivos electrónicos. . . durante un período de tiempo breve y razonable para realizar una búsqueda exhaustiva en la frontera”.

¿Qué sostuvo el tribunal?

El tribunal sostuvo que la política del gobierno, descrita anteriormente, no viola la Constitución. Los oficiales fronterizos pueden continuar realizando reviso avanzados sin una orden judicial o causa probable y pueden realizar revisó básicos sin sospecha razonable de que puede haber una violación de la ley o un problema de seguridad nacional. Más específica, los oficiales de CBP e ICE no violaron los derechos constitucionales de los ciudadanos de los Estados Unidos y los residentes permanentes legales cuando revisaron y retuvieron sus dispositivos electrónicos sin una orden de registro o causa probable.

El tribunal razonó que tanto los reviso avanzados como los básicos están permitidos sin una orden de reviso (que, como se indicó anterior, generalmente es requerido por la Cuarta Enmienda) ya que estos reviso caen dentro de la “excepción de reviso fronterizo”. Esta excepción se basa en la idea de que el gobierno tiene una “autoridad inherente para proteger y un interés primordial en proteger su integridad territorial”. La excepción también se basa en la suposición de que las personas tienen una menor expectativa de privacidad en la frontera que dentro de los Estados Unidos. Es importante tener en cuenta que la excepción de búsqueda en la frontera se aplica no solo a las fronteras, sino también a sus “equivalentes funcionales” que pueden incluir aeropuertos internacionales o puestos de control en carretera cerca de la frontera.

El tribunal también señaló que tantas personas viajan a través de las fronteras del país que no es posible que el gobierno proteja efectivamente sus fronteras y al mismo tiempo requiera que obtenga órdenes judiciales para registrar dispositivos electrónicos.

A la luz de esta decisión judicial, ¿cuáles son las mejores prácticas al viajar a través de una frontera de los Estados Unidos o un aeropuerto internacional?

Hay varias formas en que una persona puede prepararse cuando viaja a través de una frontera de los Estados Unidos o su equivalente funcional (que, nuevamente, podría incluir aeropuertos internacionales o puntos de control en la carretera cerca de una frontera, por ejemplo).

En primer lugar, aunque puede resultar poco práctico, la forma más segura de proteger la información personal cuando se viaja es evitar viajar con dispositivos electrónicos que contengan dicha información. Considere viajar con un teléfono temporal, por ejemplo, o una computadora portátil que acceda principalmente a la información en la nube y almacene poca información localmente.

Si esto no es posible, asegúrese de que los dispositivos electrónicos estén protegidos con una contraseña. Las contraseñas también se pueden aplicar a programas individuales o archivos confidenciales. El cifrado también se puede usar en archivos confidenciales o en todo el dispositivo.

Finalmente, cierre sesión en aplicaciones confidenciales y desconéctese de Internet antes de llegar a la frontera.

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