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¿Puedo Viajar Si Mi I-526 Está Pendiente? ¿Cómo Impacta el Viajar una Petición de Visa de Inmigración?

By January 15, 2016May 14th, 2021EB-5 Visa, Español, Immigration, Investor Visas

Resumen de la EB5

El proceso de la EB-5 es un proceso de 3 pasos. En cada paso un formulario gubernamental y documentación acreditadora se deben tramitar con el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS). Los pasos son los siguientes:

  1. Tramite el Formulario I-526, Petición Inmigratoria de un Extranjero Emprendedor
  2. Tramite el Formulario I-485, Ajuste de Estatus para un Residente Permanente Condicional (o siga con el Procesamiento Consular si esta fuera de los Estados Unidos)
  3. Tramite el Formulario I-829, Remoción de la Residencia Condicional

Hemos organizado los pasos de la siguiente manera:

Formulario I-526, Petición Inmigratoria de un Extranjero Emprendedor

Tarifa de Procesamiento: $1.500

El formulario I-526 y la documentación acreditadora se tramita demostrando la fuente de financiamiento, el camino de los fondos y que la inversión requerida se ha hecho en el Centro Regional o en la Compañía. El Centro Regional o la Compañía proveerán una gran cantidad de documentación que deberá incluir en esta petición, documentado la Nueva Empresa Comercial y explicando cómo la inversión va a crear 10 trabajos de tiempo completo. Actualmente, USCIS se esta tomando alrededor de 13.4 meses (promedio) en adjudicar peticiones I-526. USCIS puede aprobar la petición, emitir un Pedido para Mas Información, o negar la petición.

Formulario I-485, Ajuste de Estatus para un Permanente Residente Condicional

Tarifa de Procesamiento: $1.070

Luego de que le aprueben la I-526, si se encuentra en los Estados Unidos usted puede tramitar el Formulario I-485, la Aplicación para Registrar a un Residente Permanente o Ajustar de Estatus. Una vez que la I-485 es aprobada va a recibir una Tarjeta Verde Condicional por dos años. La I-485 no se puede tramitar concurrentemente con la I-526. Si usted se encuentra fuera de los Estados Unidos puede tramitar su aplicación con el Departamento de Estado de los E.E.U.U. y recibir su Tarjeta Verde Condicional mediante el procesamiento Consular. La Aplicación I-485 puede tomar varios meses, igual que el Procesamiento Consular. Si usted esta en los Estados Unidos y aplica para una I-485 también puede entregar una aplicación para una autorización de trabajo (I-765) y una aplicación para permiso de viaje (I-131) junto con la I-485. Usted recibirá una decisión respecto de la autorización de trabajo y permiso de viaje dentro de los 90 días de haber tramitado su aplicación. Si usted se encuentra fuera de los E.E.U.U. o si está en los E.E.U.U. y decide procesar su Tarjeta Verde fuera de los E.E.U.U., lo hará mediante el proceso llamado Procesamiento Consular.

Formulario I-829, Remoción de la Residencia Condicional

Tarifa de Procesamiento: $3.835

El Formulario I-829 se tramitará dentro de los 90 días antes de que expire su Tarjeta Verde Condicional. Entregaremos documentación acreditadora de que la inversión se a sustentado durante estos dos años y que ha creado 10 empleos de tiempo completo. Este es el último paso. Una vez que la petición es aprobada se retirarán las condiciones de su Tarjeta Verde. Actualmente, USCIS se está tomando alrededor de 14.7 meses para procesar las peticiones I-829.

¿Cuál es el impacto de la Petición I-526 en el Viajar?

Una vez que la I-526 es tramitada será extremadamente difícil obtener una nueva visa de no-inmigrante (ej. Una visa B) de un consulado de los E.E.U.U. o renovar una visa de no-inmigrante, ya que la I-526 puede ser considerada como evidencia de que tiene intenciones de mudarse a los E.E.U.U. permanentemente.

Usted tal vez pueda viajar usando una ESTA o una visa B obtenida anteriormente, pero podría llegar a recibir escrutinio adicional en la frontera y lo podrían detener si un oficial de inmigración tiene dudas sobre su intención migratoria. Cada vez que usted intenta entrar a los E.E.U.U. está aplicando para entrar y los oficiales de inmigración tienen plena discreción y le pueden negar admisión. No hay ninguna prohibición que diga que no se puede salir y volver a entrar a los E.E.U.U. mientras su I-526 es procesada, pero puede encontrarse con varios problemas con los oficiales de inmigración en la frontera respecto de su intención de viaje si entra con una visa de no-inmigrante (como una visa B o ESTA), ya que la tramitación de la I-526 puede interpretarse como evidencia de que usted tiene intenciones de inmigrar a los E.E.U.U. permanentemente.

Nosotros siempre recomendamos evitar entrar o salir de los E.E.U.U. cuando tiene una petición con USCIS pendiente, hasta que obtenga una Tarjeta Verde Condicional o una autorización de viaje mediante una I-131 aprobada.

Si usted necesita entrar a los E.E.U.U. mientras la I-526 está pendiente debería consultar a un abogado respecto de los documentos que necesita presentar en la frontera. Entre otras cosas, va a necesitar mostrar un pasaje de retorno y evidencia de sus vínculos en su país natal. Desafortunadamente, no hay garantía de que va a ser admitido en el Puerto de Entrada.

¿Puedo Viajar Luego de que Mi Tarjeta Verde Condicional es Emitida?

Usted podrá entrar y salir de los Estados Unidos una vez que le emitan su Tarjeta Verde Condicional. Esto ocurrirá luego de que la I-485 sea aprobada o que el procesamiento consular del Consulado se complete. Cualquiera de los procesos puede tomar varios meses. Si tiene una visa que le permite quedarse en los E.E.U.U. con un estatus valido mientras la I-485 se procesa, tal vez pueda aplicar para una autorización de viaje, lo cual le permitiría salir y entrar de los Estados Unidos mientras la I-485 este pendiente.


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